Seguimiento

Una vez las titulaciones se ponen en funcionamiento, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece que las agencias de calidad tendrán que realizar un seguimiento del cumplimiento del plan de estudios verificado.

El propio centro es el primer responsable del proceso de seguimiento de sus titulaciones, utilizando los instrumentos previstos en su SIGC. Por su parte, la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU) actúa como agente externo de garantía de la calidad.

Anualmente, los responsables de cada titulación elaboran un informe de seguimiento. La agencia, por medio de comisiones de seguimiento, realiza la evaluación de estos informes.